El organismo indicó que estas medidas deben cumplir requisitos legales y garantizar los derechos de las víctimas dentro de los procesos de paz.
La Defensoría del Pueblo se pronunció sobre la implementación de las Zonas de Ubicación Temporal y la suspensión de órdenes de captura para integrantes de grupos armados en el marco de procesos de paz.
Según explicó la entidad, estas medidas están contempladas en la legislación de orden público y pueden ser adoptadas por el Presidente de la República, siempre que exista sustento jurídico y se cumplan los requisitos establecidos.
El organismo señaló que estas decisiones deben contar con motivación suficiente, límites definidos y mecanismos de control y verificación que permitan hacer seguimiento a su implementación.
También indicó que las Zonas de Ubicación Temporal solo podrán establecerse cuando los procesos se encuentren en una fase orientada al desarme, la desmovilización y el tránsito hacia la vida civil.
Finalmente, la Defensoría reiteró la importancia de garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.
